El contribuyente afiliado o incorporado al Sistema de Libros Electrónicos – SLE tiene la obligación de cerrar los Libros y/o Registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas, previo registro de lo que corresponda anotar en el mes anterior al de su afiliación o incorporación al SLE.
Para tal efecto, bastará que inutilice las hojas en blanco mediante una raya o la leyenda “anulado”. No es necesario ir a la SUNAT o a un Notario
¿Cómo debo cerrar los libros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas?
El contribuyente afiliado o incorporado al Sistema de Libros Electrónicos – SLE tiene la obligación de cerrar los Libros y/o Registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas, previo registro de lo que corresponda anotar en el mes anterior al de su afiliación o incorporación al SLE.
Para tal efecto, bastará que inutilice las hojas en blanco mediante una raya o la leyenda “anulado”. No es necesario ir a la SUNAT o a un Notario
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De acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 361-2015/SUNAT se han incluido los cambios normativos que a continuación se detallan.
A partir del 1 de enero del 2016 los Principales Contribuyentes Nacionales, con ingresos mayores a 3,000 UIT (S/ 11´550,000) durante el año 2015, además del Registro de Ventas e Ingresos, Registro de Compras, Libro…
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