Si luego de establecida la cuarentena, al trabajador se le otorgó una licencia con goce de haber compensable y/o vacaciones, a este se le debe abonar su gratificación tomando en cuenta no solo los días y/o meses laborados efectivamente, sino que los días de licencia con goce de haber y/o los días de vacaciones también se consideran como efectivamente laborados para efectos de la gratificación.
Como es de conocimiento de todos, las empresas tienen plazo hasta el día 15 de julio de 2020 (como fecha límite) para efectos de pagar a sus trabajadores la gratificación por fiestas patrias, tomando en cuenta la remuneración percibida al 30 de junio de 2020. Ahora bien, debido a la pandemia por la COVID-19, se han suscitado una serie de supuestos que se deben tener en cuenta al momento de proceder al cálculo y pago de esta gratificación.
Si luego de establecida la cuarentena, al trabajador se le otorgó una licencia con goce dehaber compensable y/o vacaciones, a este se le debe abonar su gratificación tomando en cuenta no solo los días y/o meses laborados efectivamente, sino que los días de licencia con goce de haber y/o los días de vacaciones también se consideran como efectivamente laborados para efectos de la gratificación.
Si luego de establecida la cuarentena,
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